La nueva OCM del vino (II): El Calendario
Como ya comentamos en el artículo anterior, El día 26 se publicó el nuevo Real Decreto que recoge, entre otras, las ayudas de Promoción del Vino, conocida como la OCM del vino. Una de las grandes novedades es la relativa al calendario de la OCM, ya que se ha procedido a modificar tanto el periodo de solicitud, el de ejecución de las acciones de promoción y el de justificación y solicitud del pago final de la subvención.
Eso sí, para poder realizar el ajuste de fechas, se ha establecido una OCM transitoria en 2023 cuya solicitud se realizará hasta el 14 de enero de 2023, su periodo de ejecución será del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2023 (más corta de lo habitual) y su solicitud de pago final se hará del 1 de enero al 14 de febrero de 2024. Con todo esto, hay que tener en cuenta que en apenas 13 meses habrá que realizar las solicitudes de la OCM 23 y 24 y las solicitudes de pago final (justificación) de ambas OCM.
Entrando de lleno en lo que serán las solicitudes tras el periodo transitorio de 2023, si, como hemos comentado, hasta el momento se realizaba la solicitud antes del 14 de enero de cada año, a partir de la OCM 24, la fecha será antes del 14 de septiembre de cada año.
En este sentido, desde Exitalia tuvimos acceso el pasado mes de mayo al borrador del Real Decreto recién aprobado. Analizando las nuevas fechas de las solicitudes, alegamos que el plazo de las mismas se ampliase hasta el 30 de septiembre o el 15 de octubre, sobre todo teniendo en cuenta el periodo de vendimia, trascendental en las bodegas porque supone el culmen del trabajo de todo el año en el viñedo. Sin embargo, la falta de unanimidad en todas las comunidades autónomas dejó la solicitud sobre la mesa.
Una vez aprobada la solicitud del programa, llega el periodo de ejecución del mismo. A partir de la OCM 24, las acciones de promoción tendrán que ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año. Hay que recordar que hasta este momento la ejecución se realizaba entre el 1 de mayo y el 30 de abril. El nuevo Real Decreto establece una ejecución en años naturales, lo que beneficiará, principalmente, a la contabilidad de la bodega.
Y, lógicamente, también se han modificado los plazos de solicitud de pago final, es decir, el momento en el que hay que justificar todos los gastos para que sean admitidos y subvencionados. Hasta el momento, esta fase se realizaba del 1 al 31 de mayo de cada año, salvo excepciones como Castilla-La Mancha donde el plazo se reducía del 1 al 15 de mayo. En la nueva OCM el plazo de solicitud de pago final será del 1 de enero al 14 de febrero de cada año.
Desde nuestra experiencia, la valoración que hacemos de este cambio de fechas es la siguiente:
- Parece lógico ajustar las fechas de la ejecución de la OCM al año natural.
- Este cambio simplificará mucho el trabajo de las bodegas en lo referente a su contabilidad.
- El periodo de solicitudes debería haber sido más amplio, tal y como pedimos desde Exitalia cuando conocimos el borrador del Real Decreto. La fecha del 14 de septiembre es enormemente perjudicial para las bodegas, que en su gran mayoría se encuentran inmersas en plena vendimia o preparando todo para iniciarla. Nuestra propuesta fue atrasar ese periodo de solicitud al 30 de septiembre o 14 de octubre, pero la falta de unanimidad en las comunidades autónomas imposibilitó incluir nuestra propuesta.
- Como aspecto positivo, podemos destacar la ampliación del periodo de solicitud de pago final. Justificar la inversión de promoción de las ayudas OCM no es tarea fácil, como bien saben las bodegas, y contar con dos semanas más para la justificación es importante.
En definitiva, el nuevo marco de las ayudas OCM tiene luces y sombras en cuanto a sus fechas. Si tiene cualquier duda sobre éste o cualquier otro aspecto referida a la nueva OCM del vino, no dude en contactar con nosotros. Tenemos un equipo de consultores internacionales preparados para ayudarle.
Manuel López-Fando Arias
Consultor Senior de Exitalia International Consulting